
La justicia es lenta pero inexorable… La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha procesado ahora a José Luís Trapero, al exdirector de los Mossos d´Escuadra, Pedro Soler y a César Puig, antigüo secretario general de Interior de la Generalidad, acusados de delitos de sedición y de organización criminal. También ha quedado procesada la intendente de los Mossos Teresa Laplana, quien fuera responsable del dispositivo del 20 de septiembre, por un delito de sedición por las concentraciones «para impedir por la fuerza la actuación de las autoridades y sus agentes en el ejercicio de sus funciones en defensa del ordenamiento constitucional» en la sede de Economia. Los han citado para el día 16 de Abril, que es el día que también comparecerán ante Llarena otros 25 delincuentes. Las calles, de Madrid se llenarán de gentuza apoyándoles.
Según el art. 544 del Código Penal por los hechos que tuvieron lugar en el Departament d’Economia el 20 y 21 de septiembre, así como por el referéndum del 1-O. Este artículo pone de relieve que «son culpables de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales». La «finalidad ilícita» era además romper la organización territorial del Estado. Los hechos a los que se refiere, son entre otros el tema del referendum del primero de Octubre y los sucesos ocurridos ante el departamento de Economía el 20 y 21 de Septiembre.
Lamela (y nosotros también) ve claro el delito de organización criminal del art. 570 bis del C.P. ese delito se aplica a: «la agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan varios trabajos o funciones con la finalidad de cometer delitos».