
La Audiencia Provincial de Navarra ha sentenciado a nueve años de prisión a los cinco miembros de ‘La Manada’ que estaban acusados de la violación múltiple de una joven madrileña al inicio de los Sanfermines, en la madrugada del 7 de julio de 2016, en un portal de Pamplona. La sentencia ha interpretado que el delito concurrente es el de abuso sexual, y no el de agresión sexual, acusación de la que han sido absueltos. También deberán abonar a la joven una indemnización conjunta y solidaria de 50.000 euros.
El fallo es recurrible en el plazo de diez días ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, y sobre la decisión de este se puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La decisión de los magistrados se ha hecho esperar y la clave se encontraba en la apreciación que los jueces hicieran de si hubo violencia o consentimiento de la joven denunciante, circunstancia que sería agravante puesto que distinguiría si se trató de un abuso sexual o de una agresion sexual. Finalmente, la interpretación del tribunal ha sido que se trataba de un caso de “abuso sexual con prevalimiento”.
En mi opinión como abogado, y sin conocer exhaustivamente los autos, ni la sentencia, solo por la prensa, ESTOY CON EL VOTO PARTICULAR.
Hubo sexo consentido entre varias personas, todos mayores de edad, y el hurto de un móvil.
Nada más.
Dicho lo cual, ¿USTEDES CREEN QUE HAY ALGÚN TRIBUNAL EN LA ESPAÑA ACTUAL QUE SE ATREVIERA A ABSOLVERLOS, CON LA ENORME PRESIÓN MEDIÁTICA QUE EL CASO HA SUSCITADO…?